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Es un lugar común aludir, cuando se inicia la redacción de un prólogo, a las dificultades que lastran la tarea del prologuista. Las reglas de estilo exigen evitar tan-toel galeatocomo el resumen descriptivo, seguramente empobrecedor, de los contenidos de la obra.
Sin embargo, es imposible no hacer referencia, siquiera sea selectivamente, a esos contenidos y muy difícil eludir las valoraciones. Tampoco resulta fácil superar otro escollo presente en este caso: prologar desde España una monografía jurídica argentina comporta el riesgo de incurrir en "colonialismo cultural", esto es, analizar lo ajeno desde la siempre limitada y parcial perspectiva propia.
No hay duda de que el lector se encuentra ante una obra argentina. El autor declara expresamente que se ha esforzado en evitar la perplejidad de quien, tras una sosegada lectura, termina por preguntarse "si aqui rige el Código Penal alemán —o el español o el italiano—, en lugar del argentino".
No obstante tratarse de una obra situada no sólo en el espacio y en el tiempo, sino también, y sobre todo, en la norma positiva, el tema tratado presenta elementos que no resultan del todo ajenos al prologuista foráneo. Si hay un ámbito en el que la globalización se proyecta nítidamente sobre la política criminal, ése es el de los del itos socioeconómicos. Nada sorprendente si se observa que el proceso globa-lizador es, singularmente, el de expansión de un determinado modelo de mercado.
En consecuencia, los problemasqueellegisladorargentino ha tenidoqueafron-tar al aprobar la ley 26.735, modificatoria de la ley 24.769, no son muy lejanos a los que se han presentado en otras latitudes. Tampoco las soluciones adoptadas.
De ahi que cuando el autor, mi amigo y colega Marcelo Riquert, me propuso la redacción de este prólogo, entendiera que el denunciado riesgo de "colonialismo" era superable, por cuanto la materia no podía resultarme, en este mundo globali-zado, totalmente ajena. Ya Discépolo había advertido que estamos "en un mismo lodotodos manoseaos". Si la observación era válidaenelsigloxx, puedeseguirsién-dolo, y con más razón, en el XXI. st

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