Los legisladores al redactar las leyes deben considerar no solo hechos objetivos en su concepción más simple, como comprar o vender, sino subjetivos, como por ejemplo que hay una ganancia derivada de la inflación, o si es jurídicamente sustentable que se deban hacer pagos provisionales a cuenta de un impuesto incierto en su monto y sin certeza de su causación.
Las normas tributarias sufren constantes modificaciones, más que por un entendible cambio de la realidad, por errores legislativos, omisiones o por una inadecuada consideración de las situaciones de hecho y de derecho por parte de quienes las promulgan y modifican. En esta obra vamos a analizar esas disposiciones.
Portus Tributario 2024 4a. Edic.
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