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En México fue reformado el artículo 123 de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos en el año de 2017. La reforma laboral se basó en cuatro pilares importantes:

1) La desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, autoridad administrativa encargada de resolver los conflictos laborales a través de laudos;
2) La creación de Tribunales especializados en materia de trabajo para suplir a las Juntas y pertenecientes al Poder Judicial;
3) La creación de un Centro de Conciliación y Registro Laboral con una doble función; la de establecer una etapa conciliatoria obligatoria previa a los procesos laborales en materia federal y la de fungir como autoridad monopólica para registrar y administrar los Contratos Colectivos, Reglamentos de Trabajo y convenios colectivos en toda la república mexicana; y
4) La creación de Centros de Conciliación como instancia previa a los procosos laborales, en materia local en las entidades federativas.

Como consecuencia de ello la Ley Federal del Trabajo fue reformada el 1o. de Mayo de 2019, y en sus transitorios se establecieron los plazos en los que la llamada reforma estructural entraría en vigor que Incluye varias fechas a lo largo de un plazo de 4 anos. También se establece que una vez que los Tribunales Laborales entren en vigor las Juntas de Conciliación dejarán de recibir demandas, pero las demandas ya recibidas során resueltas por estas. Tomando en consideración que el promedio para resolver los juicios por las Juntas de Conciliación es de cuatro años, viviremos en México un periodo considerable donde coexistiremos con dos procesos laborales por diferentes autoridades del Trabajo.

Por esa razón en esta Ley Federal del Trabajo comentada encontraremos durante el articulado, la versión de la ley del 2012 y la versión de la ley de 2019. Esto lo veremos en dos columnas con las dos versiones. De esta manera se podrá comparar de una forma eficaz y rápida el contenido de ambos ordenamientos con los que deberemos coexistir hasta que las Juntas de Conciliación y Arbitraje terminen de cerrar el último proceso Los preceptos jurídicos que no fueron modificados de 2012 a 2019 permanecerán sin cambio. En el caso de las trabajadores del hogar decidimos agregar una tercera columna que contiene la reforma del 2 julio de 2019, Estamos seguros de que cualquier laboralista va a disfrutar este trabajo.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO COMENTADA - 6ª ED. 2023 - CON LA REFORMA DE VACACIONES D

$1.350,00Precio
Cantidad
  • Incluye:

    Reforma 1 de mayo de 2019

    Reforma 4 de junio de 2019 (Niños con cancer)

    Reforma 2 de julio de 2019 (Personas trabajadoras del hogar)

    Reforma 11 de enero de 2021 (Teletrabajo)

    Rerforma 30 de marzo de 2021 (Salario Minimo)

    Rerforma 23 de Abril de 2021 (Outsourcing)

    Reforma 31 de julio de 2021 (Transitorios del Outsourcing)

    Reforma 5 de abril de 2022 (Menores de campo)

    Reforma 28 de abril de 2022 (Riesgos de trabajo y el uso de la tecnologia)

    Reforma 28 de abril de 2022 (Permisos para ejercicio de voto)

    Reforma 18 de mayo de 2022 (Articulo 5 transitorio de 2019)

    Reforma 27 de diciembre de 2022 (Vacaciones dignas)

    Jurisprudencias y ejecutorias 2022 y 2023

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